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Calendario fiscal de las criptomonedas

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En resumen

La fecha que más pesa es el 31 de diciembre: fija el saldo del Modelo 721 y el devengo de Patrimonio. El Modelo 721 se presenta del 1 de enero al 31 de marzo. Las fechas de la campaña de la Renta no están publicadas en nuestras fuentes a 04.11.2026.

Actualizado:

¿Qué fechas debo apuntar?

Criterio fiscal AEAT: Calendario fiscal de las criptomonedas registra en 2026 los siguientes valores verificados para «¿Qué fechas debo apuntar?»: DAC8 1.01.2026 — los CASP empiezan a recopilar datos DAC8 Fuente EUR-Lex · comprobado.

  1. 31 de diciembre · cada año

    31 de diciembre — devengo de IP e ISGF; criptomonedas a valor de mercado a esa fecha

    Fuente DGT, consulta V0590-18 · comprobado 04.11.2026

  2. Modelo 721 · cada año

    1 de enero – 31 de marzo (información a 31/12 del año anterior)

    Fuente DGT, consulta V0315-24 · comprobado 04.11.2026

  3. DAC8

    1.01.2026 — los CASP empiezan a recopilar datos DAC8

    Fuente EUR-Lex · comprobado 04.11.2026

  4. DAC8

    Antes del 30.09.2027 — primer intercambio DAC8 (datos 2026), 9 meses tras fin de año

    Fuente EUR-Lex · comprobado 04.11.2026

  5. MiCA

    30.12.2024 — MiCA plenamente aplicable

    Fuente CNMV · comprobado 04.11.2026

  6. MiCA

    1.07.2026 — fin del periodo transitorio en España (CNMV); comunicado del 15.06.2026 habla de fin el 30.06.2026

    Fuente CNMV · comprobado 04.11.2026

  7. Banco de España

    1.07.2026 — cierre del registro BdE de proveedores de moneda virtual

    Fuente Banco de España · comprobado 04.11.2026

  8. Patrimonio y Grandes Fortunas

    4.09.2026 — el CPFF aprobó la reforma del sistema de financiación autonómica; la prórroga del ISGF está ligada a la revisión de la tributación patrimonial en ese contexto → vigilar cambios en IP/ISGF

    Fuente Ministerio de Hacienda · comprobado 04.11.2026

  9. Campaña de la Renta

    Fechas de la campaña: No publicado en nuestras fuentes a 04.11.2026. La AEAT las publica cada año en su sede electrónica.

Recordatorio para el 31 de diciembre

Criterio fiscal AEAT: Calendario fiscal de las criptomonedas aplica en el ejercicio 2026 la escala del ahorro del 19% al 30% en la AEAT (método FIFO obligatorio y umbral de 50.000 € en Modelo 721).

Siguiente paso: Calendario fiscal de las criptomonedas (2026)

Criterio fiscal AEAT: Calendario fiscal de las criptomonedas registra en 2026 los siguientes valores verificados para «Siguiente paso: Calendario fiscal de las criptomonedas »: 1 Modelo 721 Asistente: ¿tengo que presentarlo?, 2 Calculadora IRPF Prepara las cifras de la Renta..

  1. 1Modelo 721Asistente: ¿tengo que presentarlo?
  2. 2Calculadora IRPFPrepara las cifras de la Renta.
EXPEDIENTE TÉCNICO — MODELO 100 / 721 · EJERCICIO 2026

Ficha tributaria y de seguridad: Calendario fiscal de las criptomonedas

Calendario fiscal de las criptomonedas
Sello 04/11/2026
[01] Tema principal
Calendario fiscal de las criptomonedas
[02] Resumen ejecutivo
En resumen La fecha que más pesa es el 31 de diciembre: fija el saldo del Modelo 721 y el devengo de Patrimonio. El Modelo 721 se presenta del 1 de enero al 31 de marzo. Las fechas de la campaña de la Renta no están publicadas en nuestras fuentes a 04.11.2026.
[03] Autoridad y normativa de referencia
Agencia Tributaria (AEAT), Dirección General de Tributos (DGT), CNMV y Registro MiCA de ESMA (Reglamento UE 2023/1114 MiCA y Ley 58/2003 General Tributaria)
[04] Marco fiscal en España
IRPF Base del Ahorro (19 %–30 %, método FIFO por activo, casillas 1800–1814 del Modelo 100), Modelo 721 informativo para saldos > 50.000 € en el extranjero a 31 de diciembre y reporte automático DAC8 desde 2026.
[05] Criterio metodológico
Cálculo transparente basado en tarifas oficiales publicadas y registros públicos
[06] Fecha de verificación y fuente
Impuestocripto (Impuestocripto Lab) · Datos comprobados el 2026-11-04

Secuencia de declaración AEAT y límites tributarios 2026: Calendario fiscal de las criptomonedas

Criterio fiscal AEAT: Calendario fiscal de las criptomonedas tributa en la campaña de Renta 2026 dentro de la base imponible del ahorro entre el 19% (primeros 6.000 €) y el 30% (más de 300.000 €), aplicando obligatoriamente el método FIFO por cada activo.

1. Recopilación de extractos CSV
El contribuyente exporta el historial completo de compras, permutas y comisiones en euros de todos sus exchanges y wallets.
2. Valoración FIFO (art. 37 LIRPF)
El cálculo resta el valor de adquisición (más comisión de compra) al valor de transmisión en euros de las unidades más antiguas.
3. Cómputo de permutas cripto-cripto
Cada intercambio de Bitcoin o Ethereum por USDT/USDC constituye una alteración patrimonial sujeta a IRPF en ese ejercicio.
4. Control del Modelo 721 (50.000 €)
El residente en España presenta el Modelo 721 entre el 1 de enero y el 31 de marzo si su saldo en custodios extranjeros supera 50.000 €.
5. Rendimientos de Staking y Airdrops
Las recompensas de staking se integran como rendimiento del capital mobiliario al valor de mercado en euros del día de recepción.
6. Volcado en Renta Web (Casillas 1800–1814)
El declarante consigna cada moneda, clave de contraprestación y valores de transmisión y adquisición en el apartado de monedas virtuales.

Desmentido fiscal (Restricción): El mínimo exento de ganar 1.000 € en criptomonedas sin declarar no existe cuando tienes otras rentas: en cuanto concurren rendimientos del trabajo o actividades económicas, cualquier ganancia patrimonial desde 1,00 € obliga a presentar declaración de IRPF ante Hacienda.

Para cuantificar el impacto exacto en Calendario fiscal de las criptomonedas, utiliza la calculadora de tramos IRPF cripto del 19% al 30% verificada con datos de la Agencia Tributaria (AEAT) en el ejercicio 2026 (casillas 1800–1814 de Renta Web), revisa la obligación de presentar el Modelo 721 de criptomonedas aplicable a custodios extranjeros cuando el saldo supera 50.000 € antes de la fecha límite del 31 de marzo, y consulta la tributación de la permuta entre criptomonedas y stablecoins según el método FIFO obligatorio en España (art. 37 LIRPF).

Tabla resumen y matriz de decisión: Calendario fiscal de las criptomonedas

Datos estructurados y parámetros verificados — Calendario fiscal de las criptomonedas (2026-11-04)
Dimensión claveDetalle verificado en esta guíaNormativa y fuente oficial (España / UE)
Alcance del análisisCalendario fiscal de las criptomonedasMetodología abierta Impuestocripto (2026-11-04)
Síntesis operativaEn resumen La fecha que más pesa es el 31 de diciembre: fija el saldo del Modelo 721 y el devengo de Patrimonio. El Modelo 721 se presenta del 1 de enero al 31 de marzo. Las fechas de la campaña de la Renta no están publicadas en nuestras fuentes a 04.11.2026.Datos contrastados con fuentes primarias
Supervisión regulatoriaAgencia Tributaria (AEAT), Dirección General de Tributos (DGT), CNMV y Registro MiCA de ESMAReglamento (UE) 2023/1114 (MiCA) y registros públicos
Impacto fiscal (AEAT)IRPF Base del Ahorro (19 %–30 %, método FIFO por activo, casillas 1800–1814 del Modelo 100), Modelo 721 informativo para saldos > 50.000 € en el extranjero a 31 de diciembre y reporte automático DAC8 desde 2026.Ley 35/2006 del IRPF, Modelo 100, Modelo 721 y DAC8
Criterio de seguridadVerificación de entidad legal, licencia MiCA y custodia antes de depositarLista de advertencias de CNMV e IOSCO
¿Cuándo elegir cada opción? — Matriz de decisión por perfil de usuario en España
Perfil de usuario / EscenarioOpción o actuación recomendadaJustificación económica, fiscal y de seguridad
Principiante o ahorro periódico (DCA 50 €–500 €/mes)Plataforma autorizada MiCA con depósito SEPA gratuito y comisión baja (< 0,50 %)Minimiza el coste total (TCO), evita bloqueos bancarios y facilita la exportación de informes FIFO para el Modelo 100 del IRPF.
Inversor de medio/largo plazo (> 5.000 € en cartera)Compra en exchange regulado MiCA + retiro a cartera hardware de autocustodiaElimina el riesgo de contraparte de la plataforma y mantiene las claves privadas bajo control propio (exento de Modelo 721 en autocustodia pura).
Usuario que prioriza simplicidad fiscal ante la AEATEntidad registrada en España o ETP cotizado en bróker con informe fiscal automáticoFacilita el volcado de ganancias y pérdidas patrimoniales en las casillas 1800–1814 de la Renta y cumple sin fricción con la directiva DAC8.
Verificación ante ofertas dudosas o plataformas sin licenciaComprobar primero el registro MiCA de ESMA/CNMV y no enviar fondos a entidades no autorizadasLas plataformas sin pasaporte MiCA o incluidas en la lista gris/negra de la CNMV carecen de supervisión europea y protección de segregación de activos.
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