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Modelo 721: ¿tengo que presentarlo?

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En resumen

Solo si a 31 de diciembre tenías criptomonedas custodiadas por entidades situadas fuera de España por más de 50.000 € en conjunto. Lo que guardas en una cartera propia (claves tuyas) queda fuera. Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente.

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1¿Tenías criptomonedas a 31 de diciembre?

Lo que cuenta es el saldo a esa fecha. Si compraste y vendiste todo dentro del año, no hay nada que informar.

2¿Dónde estaban?

Marca todo lo que aplique.

3¿La entidad que las custodia está fuera de España?

Fíjate en la entidad legal de tu contrato, no en la marca. Puedes consultarla abajo.

¿Dónde está la entidad de tu plataforma?

Fuente Registro provisional MiCA de ESMA · comprobado 04.11.2026

4¿Cuánto valían en total a 31 de diciembre?

Suma en euros solo lo custodiado por entidades de fuera de España, al valor de mercado de ese día.

¿Cuenta tu plataforma? Mira su entidad y paísGuía por plataforma: Modelo 721, informe fiscal y software.

¿Qué dice la norma?

Criterio fiscal AEAT: Modelo 721 aplica en el ejercicio 2026 la escala del ahorro del 19% al 30% en la AEAT (método FIFO obligatorio y umbral de 50.000 € en Modelo 721).

Qué es

Modelo 721: declaración informativa de monedas virtuales situadas en el extranjero custodiadas por terceros (DA 18ª.d LGT; art. 42 quater RGAT)

Fuente BOE · comprobado 04.11.2026

Umbral

Umbral: saldos conjuntos a 31/12 > 50.000 €; si se supera, se informa de todas las monedas virtuales

Fuente DGT, consulta V0315-24 · comprobado 04.11.2026

Plazo

Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente

Fuente DGT, consulta V0315-24 · comprobado 04.11.2026

Autocustodia

Monederos con claves propias (hardware, papel, 'cold' o 'hot' no custodio) quedan fuera del 721

Fuente DGT, consulta V0941-24 · comprobado 04.11.2026

Variaciones durante el año

Lo relevante es el saldo a 31/12; variaciones de valor durante el año son irrelevantes; si se adquiere y se vende todo en el mismo año (sin obligación previa), no hay que informar

Fuente DGT, consulta V5066-26 · comprobado 04.11.2026

Euros en exchanges extranjeros

Saldo en euros/fiat en un exchange extranjero: puede tener que declararse como cuenta (modelo 720) si las cuentas en el extranjero superan 50.000 €

Fuente DGT, consulta V0315-24 · comprobado 04.11.2026

Sanciones

Tras la STJUE de 27.01.2022 (C-788/19) la Ley 5/2022 reescribió la DA 18ª LGT eliminando el régimen sancionador específico; desde entonces rige el régimen general de la LGT. Para declaraciones informativas no presentadas en plazo (art. 198.1 LGT): 20 € por dato o conjunto de datos, mínimo 300 €, máximo 20.000 € (mitad si se presenta fuera de plazo sin requerimiento)

Fuente BOE · comprobado 04.11.2026

Proveedores españoles: modelo 172

Modelo 172: los proveedores residentes en España (o con EP) que custodian claves/monedas virtuales informan a la AEAT de saldos por moneda y titulares

Fuente BOE · comprobado 04.11.2026

Proveedores españoles: modelo 173

Modelo 173: proveedores de cambio/custodia residentes en España informan de adquisiciones, transmisiones, permutas y transferencias de monedas virtuales

Fuente BOE · comprobado 04.11.2026

Preguntas frecuentes sobre Modelo 721 (2026)

Criterio fiscal AEAT: Modelo 721 aplica en el ejercicio 2026 la escala del ahorro del 19% al 30% en la AEAT (método FIFO obligatorio y umbral de 50.000 € en Modelo 721).

Secuencia de declaración AEAT y límites tributarios 2026: Modelo 721

Criterio fiscal AEAT: Modelo 721 tributa en la campaña de Renta 2026 dentro de la base imponible del ahorro entre el 19% (primeros 6.000 €) y el 30% (más de 300.000 €), aplicando obligatoriamente el método FIFO por cada activo.

1. Recopilación de extractos CSV
El contribuyente exporta el historial completo de compras, permutas y comisiones en euros de todos sus exchanges y wallets.
2. Valoración FIFO (art. 37 LIRPF)
El cálculo resta el valor de adquisición (más comisión de compra) al valor de transmisión en euros de las unidades más antiguas.
3. Cómputo de permutas cripto-cripto
Cada intercambio de Bitcoin o Ethereum por USDT/USDC constituye una alteración patrimonial sujeta a IRPF en ese ejercicio.
4. Control del Modelo 721 (50.000 €)
El residente en España presenta el Modelo 721 entre el 1 de enero y el 31 de marzo si su saldo en custodios extranjeros supera 50.000 €.
5. Rendimientos de Staking y Airdrops
Las recompensas de staking se integran como rendimiento del capital mobiliario al valor de mercado en euros del día de recepción.
6. Volcado en Renta Web (Casillas 1800–1814)
El declarante consigna cada moneda, clave de contraprestación y valores de transmisión y adquisición en el apartado de monedas virtuales.

Desmentido fiscal (Restricción): El mínimo exento de ganar 1.000 € en criptomonedas sin declarar no existe cuando tienes otras rentas: en cuanto concurren rendimientos del trabajo o actividades económicas, cualquier ganancia patrimonial desde 1,00 € obliga a presentar declaración de IRPF ante Hacienda.

Para cuantificar el impacto exacto en Modelo 721, utiliza la calculadora de tramos IRPF cripto del 19% al 30% verificada con datos de la Agencia Tributaria (AEAT) en el ejercicio 2026 (casillas 1800–1814 de Renta Web), revisa la obligación de presentar el Modelo 721 de criptomonedas aplicable a custodios extranjeros cuando el saldo supera 50.000 € antes de la fecha límite del 31 de marzo, y consulta la tributación de la permuta entre criptomonedas y stablecoins según el método FIFO obligatorio en España (art. 37 LIRPF).

¿Cuenta mi Ledger o mi Trezor para el 721?

Monederos con claves propias (hardware, papel, 'cold' o 'hot' no custodio) quedan fuera del 721

Si vendí todo antes del 31 de diciembre, ¿tengo que presentarlo?

Lo relevante es el saldo a 31/12; variaciones de valor durante el año son irrelevantes; si se adquiere y se vende todo en el mismo año (sin obligación previa), no hay que informar

¿Y si tengo euros en un exchange extranjero?

Saldo en euros/fiat en un exchange extranjero: puede tener que declararse como cuenta (modelo 720) si las cuentas en el extranjero superan 50.000 €

¿Qué sanción hay si no lo presento?

Tras la STJUE de 27.01.2022 (C-788/19) la Ley 5/2022 reescribió la DA 18ª LGT eliminando el régimen sancionador específico; desde entonces rige el régimen general de la LGT. Para declaraciones informativas no presentadas en plazo (art. 198.1 LGT): 20 € por dato o conjunto de datos, mínimo 300 €, máximo 20.000 € (mitad si se presenta fuera de plazo sin requerimiento)

Siguiente paso en el IRPF y AEAT (2026)

Criterio fiscal AEAT: Modelo 721 registra en 2026 los siguientes valores verificados para «Siguiente paso en el IRPF y AEAT (2026)»: 1 Declara tus ganancias El 721 es informativo: las ganancias van en la Renta., 2 Revisa el Patrimonio Con patrimonios grandes, las criptos también cuentan a 31/12..

  1. 1Declara tus gananciasEl 721 es informativo: las ganancias van en la Renta.
  2. 2Revisa el PatrimonioCon patrimonios grandes, las criptos también cuentan a 31/12.
EXPEDIENTE TÉCNICO — MODELO 100 / 721 · EJERCICIO 2026

Ficha tributaria y de seguridad: Modelo 721: ¿tengo que presentarlo?

Modelo 721: ¿tengo que presentarlo?
Sello 04/11/2026
[01] Tema principal
Modelo 721: ¿tengo que presentarlo?
[02] Resumen ejecutivo
En resumen Solo si a 31 de diciembre tenías criptomonedas custodiadas por entidades situadas fuera de España por más de 50.000 € en conjunto. Lo que guardas en una cartera propia (claves tuyas) queda fuera. Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente.
[03] Autoridad y normativa de referencia
Agencia Tributaria (AEAT), Dirección General de Tributos (DGT), CNMV y Registro MiCA de ESMA (Reglamento UE 2023/1114 MiCA y Ley 58/2003 General Tributaria)
[04] Marco fiscal en España
IRPF Base del Ahorro (19 %–30 %, método FIFO por activo, casillas 1800–1814 del Modelo 100), Modelo 721 informativo para saldos > 50.000 € en el extranjero a 31 de diciembre y reporte automático DAC8 desde 2026.
[05] Criterio metodológico
Cálculo transparente basado en tarifas oficiales publicadas y registros públicos
[06] Fecha de verificación y fuente
Impuestocripto (Impuestocripto Lab) · Datos comprobados el 2026-11-04

Tabla resumen y matriz de decisión: Modelo 721: ¿tengo que presentarlo?

Datos estructurados y parámetros verificados — Modelo 721: ¿tengo que presentarlo? (2026-11-04)
Dimensión claveDetalle verificado en esta guíaNormativa y fuente oficial (España / UE)
Alcance del análisisModelo 721: ¿tengo que presentarlo?Metodología abierta Impuestocripto (2026-11-04)
Síntesis operativaEn resumen Solo si a 31 de diciembre tenías criptomonedas custodiadas por entidades situadas fuera de España por más de 50.000 € en conjunto. Lo que guardas en una cartera propia (claves tuyas) queda fuera. Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente.Datos contrastados con fuentes primarias
Supervisión regulatoriaAgencia Tributaria (AEAT), Dirección General de Tributos (DGT), CNMV y Registro MiCA de ESMAReglamento (UE) 2023/1114 (MiCA) y registros públicos
Impacto fiscal (AEAT)IRPF Base del Ahorro (19 %–30 %, método FIFO por activo, casillas 1800–1814 del Modelo 100), Modelo 721 informativo para saldos > 50.000 € en el extranjero a 31 de diciembre y reporte automático DAC8 desde 2026.Ley 35/2006 del IRPF, Modelo 100, Modelo 721 y DAC8
Criterio de seguridadVerificación de entidad legal, licencia MiCA y custodia antes de depositarLista de advertencias de CNMV e IOSCO
¿Cuándo elegir cada opción? — Matriz de decisión por perfil de usuario en España
Perfil de usuario / EscenarioOpción o actuación recomendadaJustificación económica, fiscal y de seguridad
Principiante o ahorro periódico (DCA 50 €–500 €/mes)Plataforma autorizada MiCA con depósito SEPA gratuito y comisión baja (< 0,50 %)Minimiza el coste total (TCO), evita bloqueos bancarios y facilita la exportación de informes FIFO para el Modelo 100 del IRPF.
Inversor de medio/largo plazo (> 5.000 € en cartera)Compra en exchange regulado MiCA + retiro a cartera hardware de autocustodiaElimina el riesgo de contraparte de la plataforma y mantiene las claves privadas bajo control propio (exento de Modelo 721 en autocustodia pura).
Usuario que prioriza simplicidad fiscal ante la AEATEntidad registrada en España o ETP cotizado en bróker con informe fiscal automáticoFacilita el volcado de ganancias y pérdidas patrimoniales en las casillas 1800–1814 de la Renta y cumple sin fricción con la directiva DAC8.
Verificación ante ofertas dudosas o plataformas sin licenciaComprobar primero el registro MiCA de ESMA/CNMV y no enviar fondos a entidades no autorizadasLas plataformas sin pasaporte MiCA o incluidas en la lista gris/negra de la CNMV carecen de supervisión europea y protección de segregación de activos.
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