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Me han estafado con criptomonedas: qué hago ahora

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En resumen

Deja de pagar y de hablar con el estafador, avisa a tu banco si pagaste con tarjeta o transferencia y presenta denuncia con todas las pruebas. Desconfía de cualquiera que te ofrezca recuperar el dinero a cambio de un pago: es la segunda estafa más habitual.

Actualizado:

Ahora mismo: no envíes más dinero ni criptos, aunque te digan que es para liberar tus fondos o pagar impuestos. Si pagaste con tarjeta o transferencia, llama ya a tu banco.

¿Qué hago, en qué orden?

Criterio fiscal AEAT: Me han estafado con criptomonedas aplica en el ejercicio 2026 la escala del ahorro del 19% al 30% en la AEAT (método FIFO obligatorio y umbral de 50.000 € en Modelo 721).

  1. Corta el contacto y no pagues más

    Ni «impuestos», ni «comisiones de retirada»: no se recupera nada pagando.

  2. Llama a tu banco

    Si hubo tarjeta o transferencia, pide bloquear y valorar la retrocesión cuanto antes.

  3. Reúne las pruebas

    Capturas, direcciones, hashes de transacción, webs, teléfonos, nombres usados.

  4. Denuncia

    En Policía Nacional o Guardia Civil, con todas las pruebas.

  5. Informa a la CNMV

    Si la web ofrecía inversiones, comunícalo al supervisor.

  6. Protege tus cuentas

    Cambia contraseñas, revoca aprobaciones y mueve lo que quede a una cartera nueva.

¿Dónde acudir?: Me han estafado con criptomonedas (2026)

Criterio fiscal AEAT: Me han estafado con criptomonedas registra en 2026 los siguientes valores verificados para «¿Dónde acudir?: Me han estafado con criptomonedas (2026»: 900 535 015 (L–V 9:00–19:00).

Dejar de pagar

No aportar nuevas cantidades si no devuelven el dinero

Fuente CNMV · comprobado 04.11.2026

Avisar al banco y cambiar claves

Avisar a tu banco, cambiar la contraseña de la banca online y presentar denuncia

Fuente Banco de España · comprobado 04.11.2026

Denuncia — Policía Nacional (091/112, internet o comisaría 24h)

Avisar por teléfono al 091/112, por internet o en persona; las comisarías funcionan 24/7

Comisarías 24/7

Fuente policia.es · comprobado 04.11.2026

Denuncia telemática — Guardia Civil (Sede Electrónica, firma electrónica)

Totalmente online, requiere firma electrónica, sin ratificación posterior

Fuente guardiacivil.es · comprobado 04.11.2026

CNMV — comunicar el fraude y reclamar

Comunicar a la CNMV la sospecha de fraude y denunciar ante la policía/Guardia Civil/juzgado

Paso previo
Servicio de Atención al Cliente / Defensor del Cliente de la entidad
Plazo de respuesta
un mes
Teléfono
900 535 015 (L–V 9:00–19:00)
Dirección
c/ Edison, 4, 28006 Madrid; C/ Bolivia 56, 4ª, 08018 Barcelona

Fuente CNMV · comprobado 04.11.2026

Banco de España — reclamación (banco/servicios de pago)

Paso previo
reclamar a la entidad (obligatorio)
Plazo
15 días hábiles (servicios de pago) / un mes (consumidores, otras)
Canal
Sede electrónica BdE — Reclamación Online

Fuente Banco de España · comprobado 04.11.2026

Pruebas que debes guardar

Criterio fiscal AEAT: Me han estafado con criptomonedas aplica en el ejercicio 2026 la escala del ahorro del 19% al 30% en la AEAT (método FIFO obligatorio y umbral de 50.000 € en Modelo 721).

Comprobar la dirección a la que enviaste

¿Y con Hacienda?

Pérdida por estafa con criptomonedas: no se computa mientras no se cumplan los supuestos del art. 14.2.k LIRPF (concurso o procedimiento judicial de ejecución > 1 año)

Fuente DGT, consulta V5346-26 · comprobado 04.11.2026

Guarda la denuncia y la documentación del procedimiento: te harán falta si más adelante puedes computar la pérdida.

Cuidado con los «recuperadores de fondos»

Criterio fiscal AEAT: Me han estafado con criptomonedas aplica en el ejercicio 2026 la escala del ahorro del 19% al 30% en la AEAT (método FIFO obligatorio y umbral de 50.000 € en Modelo 721).

Tras una estafa es habitual que te contacten supuestos despachos, hackers o «agencias de recuperación» que prometen devolverte las criptos a cambio de un pago por adelantado. Es una segunda estafa: a menudo son los mismos estafadores, que tienen tus datos.

  • Nadie puede «rastrear y devolver» criptos con un pago previo.
  • Ningún supervisor ni policía te pedirá dinero para recuperar tus fondos.
  • Si buscas ayuda legal, elige tú a un abogado colegiado; no respondas a quien te contacta.

En nuestra base de advertencias oficiales hay 26 entradas cuyo nombre o enlace se refiere a «recuperación».

Lo que advierten las autoridades

  • Bufetes ficticios ofrecen a las víctimas de estafas con criptomonedas «recuperar los fondos» — FBI IC3, 13.08.2025 fuente
  • Desconfiar de quienes prometen recuperar los fondos — FBI IC3, 24.08.2023 fuente
  • Las víctimas de fraudes de inversión en criptomonedas se convierten en objetivo de estafas de recuperación (recovery scams) — FBI IC3, 2026 (IC3 Annual Report 2025) fuente
  • Años después llaman con dinero «encontrado» y exigen impuestos/tasas; se hacen pasar por organismos públicos — BaFin fuente
  • La posibilidad de recuperar el dinero es mínima; los estafadores vuelven a contactar con la víctima — BaFin fuente
  • Desconfiar de quienes prometen recuperar el dinero invertido — Consob fuente
  • Lo más parecido: no seguir pagando si no devuelven el dinero — CNMV fuente

No anunciamos, enlazamos ni aceptamos patrocinios de servicios de recuperación.

Preguntas frecuentes sobre Me han estafado con criptomonedas (2026)

Criterio fiscal AEAT: Me han estafado con criptomonedas aplica en el ejercicio 2026 la escala del ahorro del 19% al 30% en la AEAT (método FIFO obligatorio y umbral de 50.000 € en Modelo 721).

Secuencia de declaración AEAT y límites tributarios 2026: Me han estafado con criptomonedas

Criterio fiscal AEAT: Me han estafado con criptomonedas tributa en la campaña de Renta 2026 dentro de la base imponible del ahorro entre el 19% (primeros 6.000 €) y el 30% (más de 300.000 €), aplicando obligatoriamente el método FIFO por cada activo.

1. Recopilación de extractos CSV
El contribuyente exporta el historial completo de compras, permutas y comisiones en euros de todos sus exchanges y wallets.
2. Valoración FIFO (art. 37 LIRPF)
El cálculo resta el valor de adquisición (más comisión de compra) al valor de transmisión en euros de las unidades más antiguas.
3. Cómputo de permutas cripto-cripto
Cada intercambio de Bitcoin o Ethereum por USDT/USDC constituye una alteración patrimonial sujeta a IRPF en ese ejercicio.
4. Control del Modelo 721 (50.000 €)
El residente en España presenta el Modelo 721 entre el 1 de enero y el 31 de marzo si su saldo en custodios extranjeros supera 50.000 €.
5. Rendimientos de Staking y Airdrops
Las recompensas de staking se integran como rendimiento del capital mobiliario al valor de mercado en euros del día de recepción.
6. Volcado en Renta Web (Casillas 1800–1814)
El declarante consigna cada moneda, clave de contraprestación y valores de transmisión y adquisición en el apartado de monedas virtuales.

Desmentido fiscal (Restricción): El mínimo exento de ganar 1.000 € en criptomonedas sin declarar no existe cuando tienes otras rentas: en cuanto concurren rendimientos del trabajo o actividades económicas, cualquier ganancia patrimonial desde 1,00 € obliga a presentar declaración de IRPF ante Hacienda.

Para cuantificar el impacto exacto en Me han estafado con criptomonedas, utiliza la calculadora de tramos IRPF cripto del 19% al 30% verificada con datos de la Agencia Tributaria (AEAT) en el ejercicio 2026 (casillas 1800–1814 de Renta Web), revisa la obligación de presentar el Modelo 721 de criptomonedas aplicable a custodios extranjeros cuando el saldo supera 50.000 € antes de la fecha límite del 31 de marzo, y consulta la tributación de la permuta entre criptomonedas y stablecoins según el método FIFO obligatorio en España (art. 37 LIRPF).

¿Puedo deducir lo perdido en la Renta?

Pérdida por estafa con criptomonedas: no se computa mientras no se cumplan los supuestos del art. 14.2.k LIRPF (concurso o procedimiento judicial de ejecución > 1 año)

¿Los despachos que prometen recuperar mis criptos son fiables?

No anunciamos ni recomendamos ningún servicio de recuperación. Los supervisores advierten de webs de «recuperación» que piden pagos por adelantado; acude solo a la policía, a tu banco y a abogados colegiados que elijas tú.

Siguiente paso: Me han estafado con criptomonedas (2026)

Criterio fiscal AEAT: Me han estafado con criptomonedas registra en 2026 los siguientes valores verificados para «Siguiente paso: Me han estafado con criptomonedas (2026»: 1 Verifica antes Comprueba cualquier web nueva antes de pagar., 2 Revoca aprobaciones Herramientas para cortar permisos de contratos..

  1. 1Verifica antesComprueba cualquier web nueva antes de pagar.
  2. 2Revoca aprobacionesHerramientas para cortar permisos de contratos.
EXPEDIENTE TÉCNICO — MODELO 100 / 721 · EJERCICIO 2026

Ficha tributaria y de seguridad: Me han estafado con criptomonedas: qué hago ahora

Me han estafado con criptomonedas: qué hago ahora
Sello 04/11/2026
[01] Paso previo
Servicio de Atención al Cliente / Defensor del Cliente de la entidad
[02] Plazo de respuesta
un mes
[03] Teléfono
900 535 015 (L–V 9:00–19:00)
[04] Tema principal
Me han estafado con criptomonedas: qué hago ahora
[05] Resumen ejecutivo
En resumen Deja de pagar y de hablar con el estafador, avisa a tu banco si pagaste con tarjeta o transferencia y presenta denuncia con todas las pruebas. Desconfía de cualquiera que te ofrezca recuperar el dinero a cambio de un pago: es la segunda estafa más habitual.
[06] Autoridad y normativa de referencia
Agencia Tributaria (AEAT), Dirección General de Tributos (DGT), CNMV y Registro MiCA de ESMA (Reglamento UE 2023/1114 MiCA y Ley 58/2003 General Tributaria)

Tabla resumen y matriz de decisión: Me han estafado con criptomonedas: qué hago ahora

Datos estructurados y parámetros verificados — Me han estafado con criptomonedas: qué hago ahora (2026-11-04)
Parámetro auditadoValor / Estado verificadoReferencia regulatoria y operativa
Paso previoServicio de Atención al Cliente / Defensor del Cliente de la entidadVerificado en Impuestocripto (2026-11-04)
Plazo de respuestaun mesVerificado en Impuestocripto (2026-11-04)
Teléfono900 535 015 (L–V 9:00–19:00)Verificado en Impuestocripto (2026-11-04)
Direcciónc/ Edison, 4, 28006 Madrid; C/ Bolivia 56, 4ª, 08018 BarcelonaVerificado en Impuestocripto (2026-11-04)
Paso previoreclamar a la entidad (obligatorio)Verificado en Impuestocripto (2026-11-04)
Plazo15 días hábiles (servicios de pago) / un mes (consumidores, otras)Verificado en Impuestocripto (2026-11-04)
CanalSede electrónica BdE — Reclamación OnlineVerificado en Impuestocripto (2026-11-04)
¿Cuándo elegir cada opción? — Matriz de decisión por perfil de usuario en España
Perfil de usuario / EscenarioOpción o actuación recomendadaJustificación económica, fiscal y de seguridad
Principiante o ahorro periódico (DCA 50 €–500 €/mes)Plataforma autorizada MiCA con depósito SEPA gratuito y comisión baja (< 0,50 %)Minimiza el coste total (TCO), evita bloqueos bancarios y facilita la exportación de informes FIFO para el Modelo 100 del IRPF.
Inversor de medio/largo plazo (> 5.000 € en cartera)Compra en exchange regulado MiCA + retiro a cartera hardware de autocustodiaElimina el riesgo de contraparte de la plataforma y mantiene las claves privadas bajo control propio (exento de Modelo 721 en autocustodia pura).
Usuario que prioriza simplicidad fiscal ante la AEATEntidad registrada en España o ETP cotizado en bróker con informe fiscal automáticoFacilita el volcado de ganancias y pérdidas patrimoniales en las casillas 1800–1814 de la Renta y cumple sin fricción con la directiva DAC8.
Verificación ante ofertas dudosas o plataformas sin licenciaComprobar primero el registro MiCA de ESMA/CNMV y no enviar fondos a entidades no autorizadasLas plataformas sin pasaporte MiCA o incluidas en la lista gris/negra de la CNMV carecen de supervisión europea y protección de segregación de activos.
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